"un pedacito del planeta que no pudieron no!"

Um cantinho do Brasil, orgulhosamente no Pampa Gaúcho, que quer fazer a diferença,
enxergando e discutindo problemas globais e discutindo e realizando soluções locais .

quarta-feira, 19 de janeiro de 2011

¿Más estatismo verticalista y personalista o más democracia y más participación?


Edgardo Lander / Mariátegui

¿Más estatismo verticalista y personalista o más democracia y más participación?
Los resultados de las elecciones parlamentarias del año 2010 desnudaron la existencia de una severa crisis del proyecto de cambio bolivariano. Si incluimos al PPT, que ha venido dando señales crecientes de una alianza con la oposición, el gobierno perdió estas elecciones. Mientras que todos los partidos que apoyan al gobierno (fundamentalmente el PSUV), obtuvieron un total de 5.423.324 votos, el conjunto de la oposición (incluido el PPT) obtuvo un total de 5.674.073 votos, esto es una ventaja de 250.749 votos. Se ha producido como consecuencia un amplio debate crítico y ricamente reflexivo sobre la situación del proceso de cambio, tanto al interior del PSUV, como por parte de muchos grupos y personas que han estado identificadas en lo fundamental con este proceso. En estos debates y documentos se han exigido rectificaciones. Se ha señalado el efecto acumulativo de la ineficiencia y falta de continuidad de los programas de gestión pública, se ha exigido tomar medidas drásticas con relación a la corrupción, e igualmente, con implicaciones políticas mucho mayores, se ha cuestionado el sometimiento de las organizaciones sociales populares a las direcciones verticales del Estado-partido, se ha cuestionado severamente la concentración del poder -la ausencia de debates y procesos de construcción colectiva- que caracteriza a la mayor parte de las decisiones más trascendentes que se toman. Pero sobre todo se ha exigido la ampliación del debate democrático, crítico y autocrítico, para identificar problemas y corregir rumbos. Estos documentos han circulado ampliamente por Aporrea (http://www.aporrea.org/) y por otros medios. Dos documentos significativos Vale la pena detenerse en dos documentos post-electorales surgidos del seno del chavismo que sirven para ilustrar los asuntos en debate. El primero es una comunicación enviada por un grupo de dirigentes del PSUV al Presidente Chávez en el mes de noviembre, titulada “Documento propositivo para la presente emergencia de la Revolución Bolivariana”, como documento privado, pero que ha circulado por diversas vías.
1 Este documento comienza por afirmar:
La emergencia referida por el título del documento expresa la convicción de un sector importante de la militancia revolucionaria y bolivariana de que es necesario profundas rectificaciones en la dirección política del proceso. El contexto actual del proceso, en el transcurre la gestión del gobierno y se orienta la dirección política de la revolución, registra un cúmulo de deficiencias con características de graves desviaciones de los planes iniciales del Proyecto Revolucionario. Así se desprende de resultados parciales de los programas en desarrollo, que aportan evidencias para estar preocupados racionalmente acerca del futuro del proyecto. Señalan que a pesar de que es mucho lo que se ha logrado, ...también es verdad, que los niveles de insatisfacción popular crecen y ello podría traducirse en graves pasivos contra la revolución, en nuevas pérdidas de espacios sociales, electorales y políticos, si no se toman correctivos a tiempo. Además se destacan críticamente asuntos como la “calidad y eficiencia de la gestión pública”, el burocratismo y la corrupción, se destaca en el documento la necesidad de la democratización y la creación de modalidades colectivas de dirección, más allá de la dirección individual del Presidente, tanto en el gobierno como en el partido, y la ampliación del debate, la crítica y la autocrítica. En la base y en los niveles medios de la militancia revolucionaria se constata la necesidad de la democratización de los espacios, métodos y procedimientos de las diferentes instancias que estructuran la organización. Urge revitalizar el libre debate y la construcción teórica colectiva, para elevar la conciencia militante y fortalecer la eficacia organizativa del partido. Esta observación crítica, no atendida hoy, cobra jerarquía de problema cuando vemos que más allá del liderazgo del Presidente Chávez, no existe nada eficiente que empuje y articule las voluntades del pueblo bolivariano de manera coherente y cohesionada hacia la consolidación del proceso. No hacerlo es negar los principios de la democracia participativa y el mandato natural del tiempo en momentos de transición que demanda la más productiva batalla de ideas. Hoy se impone una discusión a fondo, con sentido crítico y autocrítico, sobre el proceso de cambios, sus componentes ético y cultural, la gestión pública del gobierno en todos los niveles y del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) como instrumento de vanguardia. [http://lapatilla.com/site/2010/12/17/eustoquio-contreras-consideramos-que-la-revolucion-esta-en-emergencia/] 2El documento completo ha sido publicado por Cal y Arena número 1, Caracas, enero 2
El segundo documento es el editorial del Periódico del Partido Comunista de Venezuela Tribuna Popular. 2 Lo primero que llama la atención es la portada que acompaña a este editorial: “Para dignificar al pueblo en armonía con el hábitat ¡La solución es colectiva!” El aspecto central al cual se refiere el editorial en cuestión es la necesidad de una dirección colectiva del proceso de cambio: Telegráficamente nos referiremos a un aspecto que –sin estar en el debate cotidiano actual–, es central y estratégico para las posibilidades reales de que la experiencia revolucionaria que está viviendo Venezuela no se pierda en el 2012 –elecciones presidenciales y regionales–, o en el 2015 –elecciones de Asamblea Nacional–, o en el 2016 –elecciones regionales–, o en el 2018 –elecciones presidenciales–, o mediante cualquier proceso electoral. Es la dirección colectiva del proceso revolucionario. Cualquiera de las posibilidades para solventar de raíz los actuales problemas, deficiencias y fallas que tiene la gestión gubernamental –incluso en el actual Estado burgués–, así como para apuntalar verdaderamente las posibilidades del rumbo socialista de este proceso, pasan por iniciar la construcción de esta instancia rectora para el Poder Popular y el nuevo Estado democrático, popular y revolucionario. Coinciden con el documento de dirigentes del PSUV sobre la necesidad de ir más allá del exclusivo liderazgo de Chávez hacia la construcción de nuevos espacios de dirección colectiva. El liderazgo del presidente Chávez, sus significativos niveles de credibilidad y ascendencia en la mayoría del pueblo, su capacidad de trabajo y de deslindarse de prejuicios, su voluntad de estudio y de avanzar en el camino del marxismo consecuente, deben ponerse al servicio de iniciar los pasos para la construcción de este espacio de articulación, coordinación, discusión, construcción de políticas, intercambio y canalización de la crítica y la autocrítica, entre los diversos movimientos y organizaciones políticas, populares, revolucionarias y sociales que impulsamos el proyecto bolivariano y socialista. La radicalización del proceso Ante estas urgentes exigencias que han sido formuladas desde los más diversos ámbitos, la dirección política del proceso, esto es el Presidente Chávez, ha respondido en lo fundamental con la idea de la necesidad de radicalizar el proceso. Pero, ¿qué se entiende por radicalizar el proceso? ¿Se entiende esto como la radicalización y acentuación de las modalidades organizativas y de dirección y toma de decisiones, de las orientaciones fundamentales que han conducido a la actual situación de crisis? ¿O, por el contrario, se entiende por radicalización la apertura a un debate reflexivo radicalmente plural y el dar pasos en dirección a la creación de nuevas modalidades de dirección y organización que contribuyan a poner en cuestión las prácticas verticales, estatistas y clientelares, las limitaciones severas al debate democrático y a la participación autónoma de las organizaciones populares que están en la base de muchos de los problemas que se confrontan? Lamentablemente todo parece apuntar en la dirección de la radicalización de lo mismo. Ante las exigencias de más democracia, de más participación, de menos concentración en la toma de decisiones, en lugar de abrirse el debate, éste parece cerrarse. En lugar de abrir los espacios de la reflexión y toma de decisiones, éstas se concentran cada vez más. Todo parece apuntar en una dirección de mayor concentración del poder y menos debate y participación colectiva sobre el rumbo que debe tomar el proceso. Ante los obstáculos, debilidades y problemas enfrentados, no se está respondiendo con más democracia, sino todo lo contrario, con menos democracia. Algunas de las decisiones que han sido tomadas en el mes de diciembre del año 2010 son, en este sentido, extraordinariamente preocupantes. La utilización de los poderes del Estado para limitar los ámbitos del debate y la participación no sólo de la oposición, sino de todos(as) quienes pudiesen tener críticas al proceso, lejos de ser una expresión de fortaleza y de confianza en el apoyo popular, constituye una severa expresión de debilidad. Lejos de asumir los retos de debate político con la oposición y la necesidad de recuperar el terreno perdido entre los sectores populares por la vía de la política, del debate, del convencimiento, por la vía de la ampliación de la legitimidad, parece asumirse, derrotistamente, que no se tiene capacidad para ello. Parece haberse llegado a la conclusión de que la única forma que se tiene para evitar el avance de la oposición es mediante el uso del poder del Estado. Esta renuncia a la política democrática, además de expresar un reconocimiento de la propia incapacidad, puede tener enormes consecuencias para el tipo de sociedad que se busca construir.
La Asamblea Nacional Las modificaciones legales y normativas referidas al papel y funcionamiento de la Asamblea Nacional sirven para ilustrar estas preocupantes tendencias. Como consecuencia de los resultados electorales, se ha producido una alteración muy significativa en la composición de la Asamblea Nacional, y el chavismo ya no contará con las mayorías calificadas para la aprobación de leyes orgánicas, nombramiento de poderes públicos, etc. La Asamblea dejaría de ser, en las nuevas condiciones, un trámite meramente formal, un sello que sin debate alguno aprueba -en dos días de ser considerado necesario- todas las iniciativas del Ejecutivo. Se pasaría a un espacio del debate político nacional en el cual, si bien el gobierno no deja de contar con la mayoría requerida para la aprobación de la mayor parte de sus iniciativas legislativas, lo tendría que hacer en unas nuevas condiciones en las cuales sería necesario debatir y argumentar con la oposición, no sólo levantar la mano. Ante estas nuevas condiciones, la mayoría chavista de la Asamblea Nacional ha aprobado un conjunto de leyes y normas que alteran en forma muy significativa el papel y el funcionamiento de la Asamblea. Por un lado está la modificación del Reglamento de Interior y de Debates de dicha Asamblea (22 de diciembre 2010)3. Con esta modificación se altera la frecuencia de reuniones que debe realizar la cámara. Mientras en el reglamento del año 2005 se establecían dos sesiones del cuerpo legislativo por semana (Artículo 98) 4, en el nuevo reglamento dicho artículo se modificó para establecer que: “...se procurará sesionar en plenarias por lo menos cuatro veces al mes.”..
Si la Asamblea no es considerada como un lugar significativo del debate político y de la elaboración de leyes, parece considerase que no tiene sentido que se reúna tanto. Son igualmente importantes las modificaciones destinadas a limitar el acceso del público a los debates parlamentarios. De acuerdo al Reglamento del año 2005 (Artículo 97): Todas las sesiones serán públicas. En atención al artículo 108 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los medios de comunicación audiovisual podrán transmitir parcial o totalmente el desarrollo de las sesiones. Esto se modifica en el nuevo reglamento que establece lo siguiente: Todas las sesiones serán públicas, podrán declararse privadas o secretas mediante decisión de la mayoría absoluta de los presentes, a proposición de cualquiera de ellos. A fin de garantizar el acceso a la información, de conformidad con el artículo 108 de la Constitución de la República, las sesiones plenarias de la Asamblea Nacional serán transmitidas por la televisora pública de la Institución, ANTV, pudiendo prestar apoyo para la transmisión la televisora del Estado. Se facilitarán las condiciones para que los medios de comunicación interesados en transmitir la información que se genera en el desarrollo de la Sesión, puedan hacerlo a través de la señal de ANTV. De esta forma sólo se podrán transmitir las intervenciones de los diputados y diputadas que pasen por el filtro o la selección editorial de los responsables de la televisora de la Asamblea Nacional. No se avanza en la construcción de una nueva hegemonía por la vía de rehuir al debate y la confrontación de ideas. Otra modificación significativa para el funcionamiento de la Asamblea Nacional se introdujo en Reforma de Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.5Esta norma incluye lo que ha sido denominado como la medida “contra el salto de talanqueras”. De acuerdo al artículo 30 de esta ley se consideran conductas fraudulentas de los diputados de la Asambleas las siguientes:
 1. Votar en contra de los postulados del programa de gestión, en términos de su contenido programático y su orientación político-ideológica.
 2. Hacer causa común con contenidos y posiciones políticas contrarias a la oferta del programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral y presentada a los electores y electoras durante la campaña electoral.
 3. Hacer causa común con fuerzas políticas contrarias a los movimientos sociales u organizaciones políticas que respaldaron el programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral.
 4. Separarse del Grupo Parlamentario de Opinión perteneciente a la organización política o social que lo postuló, para integrar o formar otro Grupo Parlamentario de Opinión contrarios al programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral.
De acuerdo a la página web de la Asamblea Nacional: La ley además estipula que todo fraude a los electores y electoras con base a lo señalado en los artículos precedentes podrá conllevar a la suspensión o inhabilitación parcial o total del diputado o diputada, previa solicitud de los ciudadanos o un diputado en representación del Grupo Parlamentario de Opinión al cual pertenece. La solicitud deberá acompañarse de una exposición de motivos con argumentos, razones o motivos que lo soportan. La AN someterá a consideración de la plenaria la solicitud de suspensión o inhabilitación presentada y se decidirá por mayoría de los diputados y diputadas presentes. De esta manera se establece la posibilidad de inhabilitación de un diputado o diputada no sólo en los casos de cambio de partido, sino igualmente en los casos en los cuales la mayoría de los integrantes de la cámara consideren que votó “en contra de los postulados del programa de gestión, en términos de su contenido programático y su orientación político-ideológica.” De esta manera se busca garantizar un férreo control partidista que impida que en alguna ocasión uno o más integrantes de la fracción mayoritaria puedan votar en contra de la línea de su partido. Mediante esta fórmula, se impide la expresión efectiva de desacuerdos obligando a la unanimidad en cada una de las votaciones. Nada impide que un representante de la oposición vote contra su fracción o incluso que se cambie de partido ya que es la mayoría parlamentaria la que decide si se ha cometido el denominado “fraude”. Esto convierte a los diputados de la mayoría chavista estrictamente en representantes del partido, no del pueblo que los eligió. Ya los votantes contaban con un potente recurso constitucional para destituir a los diputados que no cumplieran con su mandato, el referéndum revocatorio: Artículo 197. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional están obligados y obligadas a cumplir sus labores a dedicación exclusiva, en beneficio de los intereses del pueblo y a mantener una vinculación permanente con sus electores, y electoras atendiendo sus opiniones y sugerencias y manteniéndolos informados o informadas acerca de su gestión y la de la Asamblea. Deben dar cuenta anualmente de su gestión a los electores y electoras de la circunscripción por la cual fueron elegidos y elegidas y estarán sometidos al referendo revocatorio del mandato en los términos previstos en esta Constitución y en la ley sobre la materia. El contenido de esta ley sugiere que existe inseguridad o falta de confianza en el comportamiento futuro de los diputados que han sido electos en las listas chavistas. Esto lo admitió Cilia Flores, la Presidenta de la Asamblea, cuando argumentando sobre la necesidad de esta ley, afirmó, dirigiéndose a representantes de la oposición, que ...con la reforma de esta ley estamos abortando a ustedes un plan macabro, desestabilizador, que lo tienen montado para tumbar al gobierno. Con esta ley les tumbamos sus intenciones de que otros hagan lo que ustedes hicieron y lo que ustedes pagaron cuando no fueron electos por el pueblo, que les pasó factura.
La Ley Habilitante
De consecuencias mucho más serias para el funcionamiento de la nueva Asamblea Nacional es la aprobación por parte de ésta de la Ley Habilitante7solicitada por el Presidente Chávez. Mediante esta Ley Habilitante, la Asamblea Nacional saliente decide delegar al Presidente una elevada proporción de las atribuciones de la nueva Asamblea, que todavía no ha entrado en ejercicio de sus funciones. Se ha argumentado que ésta es una necesidad para responder a la seria emergencia que vive el país como consecuencia de las severas lluvias que han destruido viviendas, arrasado con infraestructuras y devastado una elevada proporción de las siembras de alimentos. Según cálculos oficiales se estima que hay aproximadamente medio millón de personas afectadas y unas 130 mil personas desplazadas de sus hogares. Se trata de una tragedia de grandes proporciones y serán muchos los esfuerzos e inversiones requeridas para responder a ella. Se trata, sin embargo, fundamentalmente, de exigencias de financiamiento y de capacidad de gestión pública y respuesta social. Después de once años de gobierno resulta cuesta arriba argumentar que la ausencia total de una política de vivienda coherente, los sucesivos cambios en los equipos responsables de este ámbito, así como la discontinuidad e ineficiencia de los diversos programas que han sido impulsados, puedan atribuirse a la ausencia de normas jurídicas adecuadas. Si se considera que esto es así, ¿por qué éstas no han sido modificadas antes? A partir de la experiencia de estos años, sería difícil argumentar que se trata de una Asamblea lenta y burocrática, que no tiene capacidad de responder en tiempo real a las exigencias del Ejecutivo. No tiene sentido que la crisis nacional producida por las lluvias impida, una vez más, que las demandas -tan ampliamente extendidas- de debates, reflexiones críticas y rectificaciones sean pospuestas para cuando se considere que las condiciones sean más propicias. A diferencia de lo ocurrido con el conato de debate que se produjo después de la derrota gubernamental en el referéndum constitucional del año 2007, el debate abierto, los encuentros populares, la producción de múltiples documentos críticos, es poco probable que se detenga, ya no podrá ser contenido. Dar la espalda a estas exigencias y acentuar uno de los aspectos fundamentales señalados por estas criticas: el ejercicio vertical, no participativo, no colectivo, no dialogado del poder, difícilmente puede no conducir a un callejón sin salida.
La Ley Habilitante aprobada por la Asamblea autoriza al Presidente a legislar por decreto ejecutivo, en un muy amplo espectro de asuntos públicos por un total de 18 meses. Las siguientes materias son delegadas al Presidente:
 1. En el ámbito de la atención sistematizada y continua a las necesidades humanas vitales y urgentes derivadas de las condiciones sociales de pobreza y de las lluvias, derrumbes, inundaciones y otros eventos producidos por la problemática ambiental. En esta materia se dictarán normas que regulen los modos de proceder de autoridades públicas o entidades privadas, ante calamidades, emergencias, catástrofes u otros hechos naturales que exijan medidas inmediatas de respuesta.
 2. En el ámbito de la infraestructura, transporte y servicios públicos. Se busca dictar normas en materia de realización de obras de infraestructura, tales como urbanismos, servicios, edificaciones educativas y de salud, vialidad, puertos, aeropuertos y para la optimización de los sistemas de transporte.
 3. En el ámbito de la vivienda y hábitat. Se dictarán o reformarán normas referido a garantizar el derecho a una vivienda adecuada, segura, cómodo, higiénica y con servicios básicos.
 4. En el ámbito de la ordenación territorial, el desarrollo integral y del uso de la tierra urbana y rural. Permitirá dictar o reformar normas que permitan diseñar una nueva regionalización geográfica en algunas regiones, regular la creación de nuevas comunidades y la conformación de las comunas.
 5. En el ámbito financiero y tributario. Dictar normas para adecuar el sistema financiero público y privado a los principios constitucionales y, en consecuencia, modernizar el marco regulatorio de los sectores tributario, impositivo monetario, crediticio, del mercado de valores, de la banca y de los seguros.
 6. En el ámbito de la seguridad ciudadana y jurídica. Dictar o reformar normas destinadas a la organización y funcionamiento del sistema de seguridad ciudadana, del sistema policial y de protección civil.
 7. En el ámbito de seguridad y defensa integral. Dictar o reformar normas que establezcan la organización y funcionamiento de las instituciones y los asuntos relacionados con la seguridad y defensa integral de la Nación.
 8. En el ámbito de la cooperación internacional, dictar o reformar normas e instrumentos destinados a fortalecer las relaciones internacionales de la República.
 9. En el ámbito del sistema socioeconómico de la Nación. Dictar o reformar normas que desarrollen los derechos consagrados en el título VI de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.8Asamblea Nacional: ¿Institución ornamental? es del período hecho, constituye un ocrático es que se desconozca la voluntad popular si no se está de acuerdo con ella. Así, la nueva Asamblea Nacional, que se supone -de acuerdo a la constitución del año 1999- que constituye la representación democrática de la población venezolana, pasará el primer año y medio de su gestión de cinco años, prácticamente como una institución ornamental. El Presidente Chávez podrá decidir sobre la mayor parte de los asuntos que son de la competencia constitucional de ésta, sin necesidad de consultarla. Durante la mayor parte de los dos años restantconstitucional del Presidente Chávez, él podrá gobernar por decreto9. Se contribuye poco a la construcción de una sociedad democrática, a la profundización de una cultura de democracia si las decisiones más trascendentes sobre la construcción de la nueva sociedad son tomadas por la cúpula gubernamental y luego anunciadas al país. Se contribuye poco a la construcción de una sociedad democrática, a la profundización de una cultura de democracia si realizan múltiples elecciones, pero cuando no satisfacen los resultados de algunas de estas consultas, a posteriori se modifican las reglas del juego. Esto, de desconocimiento de la voluntad democrática de los electores. Esta fue la misma reacción del gobierno ante la derrota de su candidato, Aristóbulo Isturiz, en las elecciones para Alcalde Metropolitano en el año 2008.
En forma inmediata, después de conocidos los resultados electorales, la Asamblea Nacional modificó la ley correspondiente, quitándole al Alcalde recién electo una proporción significativa de sus atribuciones. En respuesta a los más recientes resultados poco favorables de las elecciones parlamentarias, se cambian nuevamente las reglas del juego para restarle peso a una Asamblea Nacional sobre la cual ya no se tendrá el pleno control anterior. Podría debatirse sobre si es legítimo, desde el punto de vista constitucional, que una Asamblea que está llegando al fin de su mandato ceda una elevada proporción de las atribuciones de la nueva Asamblea que todavía no ha entrado en funciones. Lo que en ningún caso puede considerase como democrático es que se desconozaca la volunta popular si no se está de acuerdo con ella.
La existencia de una vigorosa esfera pública en la cual se debatan abierta y polémicamente las diferentes opciones de futuro y las diversas alternativas sobre las cuales tiene que decidir la sociedad, constituyen una condición básica de una sociedad democrática. La democracia participativa es una necesidad para la profundización y radicalización de la democracia, pero una sociedad de más de 25 millones de personas requiere igualmente modalidades genuinas de democracia representativa. En la Constitución del año 1999, la democracia representativa y la democracia directa o participativa no son concebidas como contradictorias, sino como complementarias.10Sin una esfera pública nacional, las potencialidades de la democracia participativa quedan limitadas y tienden a permanecer acotadas a ámbitos locales. El parlamento es parte esencial de esa esfera pública. El desafío de la construcción de una nueva sociedad cada vez más democrática es extraordinariamente exigente. No ha habido experiencias históricas exitosas de construcción democrática de alternativas democráticas a la sociedad capitalista. Es ése el ambicioso reto que está planteado en Venezuela. Este exige la más amplia confrontación de ideas y construcción y experimentación colectiva. No existen recetas ni verdades históricas que puedan aplicarse a la trasformación de la sociedad. Por ello, toda restricción o limitación a la más amplia participación democrática en los procesos de pensar alternativas, en explorar opciones, en debatir y decidir colectivamente sobre el rumbo a seguir, se convierte en una severa amenaza a la posibilidad misma de la construcción de una sociedad alternativa democrática. No hay duda de que existen serias amenazas internas y externas a la estabilidad del gobierno venezolano. Sin embargo, si se prioriza la continuidad del gobierno sobre todo otro objetivo, el control sobre el Estado y desde el Estado siempre será más importante que la democracia y la participación. Durante los primeros años del gobierno bolivariano, la oposición abandonó por completo la actividad propiamente política (debate, propuestas, organización...) y se dedicó a tiempo completo a intentar derrocar a Chávez (golpe de Estado del 2002, paro petrolero-empresarial, no-participación en las elecciones parlamentarias del año 2005). Eso la condujo a sucesivas y aparatrrotas. Los atajos con los cuales el gobierno busque reemplazar la política y el ejercicio de la democracia, el debate y la construcción de nuevos consensos, por el uso desnudo del poder del Estado, podrían tener éxito a corto plazo. Pero, ni podrán dar cuenta de las exigencias crecientes de rectificaciones formuladas en amplios sectores del chavismo y activistas del mundo popular, ni auguran, como desenlace, la sociedad cada vez más democrática con la cual se ha soñado. El proyecto de cambio en Venezuela, con las enormes expectativas que este proceso generó en el país y en todo el continente, puede fracasar en dos direcciones diferentes. Por un lado, si la derecha recupera el gobierno y se produce una restauración neoliberal. Pero también tendría que considerase como un fracaso -como la pérdida de una extraordinaria oportunidad histórica- si para evitar esta primera posibilidad, las demandas democráticas se fuesen dejando de lado y se sigue avanzando en la consolidación de tendencias estatistas y verticalistas e (ineficientemente) desarrollistas, que parecen indicar que es poco lo que se ha aprendido de las experiencias del socialismo del siglo pasado.
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1. “Eustoquio Contreras: Consideramos que la revolución está en emergencia”, La Patilla, Caracas 26 de diciembre, 2010.
2 Partido Comunista de Venezuela, “Para no perder en 2012 o mediante cualquier elección” Tribuna Popular, Caracas, 15 de diciembre de 2010. [http://www.tribuna-popular.org/]
3. República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional. “Detalles de Reforma Parcial del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional”, Caracas, 22 de diciembre, 2010. [http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&task=doc_details&gid=2794&Itemid=185&lang=es]
4. La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, Caracas 7 de septiembre, 2005. [http://www.transparencia.org.ve/AreasEstrategicas-(2)/Gobernaciones-(1)/REGLAMENTO- INTERIOR-Y-DE-DEBATES-ASAMBLEA-NACIONAL.aspx]
5. República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional, “Sancionada Reforma de Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones”, Caracas, 21 de diciembre, 2010. [http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id= 28703:an-inicia-segunda-discusion-de-la-reforma-parcial-de-la-ley-de-partidos-politicos-reuniones-publicas-y-manifestaciones&Itemid=50&lang=es]
6. Idem.
7. República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional. “Presidente Chávez podrá legislar por 18 meses”. [http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=28668%3Aasamblea-nacional-debate-ley-habilitante&catid=1%3Alatest-news&Itemid=246&lang=es

8. Idem. Para consultar el texto completo, ver: República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional, Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley en las materias que se delegan, Caracas, 17 de diciembre, 2010.[http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=2783&tmpl=component&format=raw&Itemid=185&lang=es]
9. En los mismos días finales de su período, la Asamblea Nacional ha aprobado aceleradamente, sin debate público y prácticamente sin información previa, otro conjunto de normas jurídicas de importancia trascendental como la nueva Ley de Radio, TV y Medios Electrónicos. Entre estas, destaca la Ley de Educación Universitaria que no fue discutida previamente ni siquiera con las organizaciones de profesores chavistas de las universidades autónomas.
10. Esto queda claro en el Artículo 70 del texto constitucional. “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.” Estos mecanismos participativos están aquí concebidos como formas de profundización de la democracia superando las limitaciones de la representación, de modo alguno sustitutos a las representación. La elección de representantes es entendida como una modalidad -entre otras- de la participación.

l go� K n �5� �7� emplazar la política y el ejercicio de la democracia, el debate y la construcción de nuevos consensos, por el uso desnudo del poder del Estado, podrían tener éxito a corto plazo. Pero, ni podrán dar cuenta de las exigencias crecientes de rectificaciones formuladas en amplios sectores del chavismo y activistas del mundo popular, ni auguran, como desenlace, la sociedad cada vez más democrática con la cual se ha soñado. El proyecto de cambio en Venezuela, con las enormes expectativas que este proceso generó en el país y en todo el continente, puede fracasar en dos direcciones diferentes. Por un lado, si la derecha recupera el gobierno y se produce una restauración neoliberal. Pero también tendría que considerase como un fracaso -como la pérdida de una extraordinaria oportunidad histórica- si para evitar esta primera posibilidad, las demandas democráticas se fuesen dejando de lado y se sigue avanzando en la consolidación de tendencias estatistas y verticalistas e (ineficientemente) desarrollistas, que parecen indicar que es poco lo que se ha aprendido de las experiencias del socialismo del siglo pasado.
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1. “Eustoquio Contreras: Consideramos que la revolución está en emergencia”, La Patilla, Caracas 26 de diciembre, 2010.
2 Partido Comunista de Venezuela, “Para no perder en 2012 o mediante cualquier elección” Tribuna Popular, Caracas, 15 de diciembre de 2010. [http://www.tribuna-popular.org/]
3. República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional. “Detalles de Reforma Parcial del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional”, Caracas, 22 de diciembre, 2010. [http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&task=doc_details&gid=2794&Itemid=185&lang=es]
4. La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, Caracas 7 de septiembre, 2005. [http://www.transparencia.org.ve/AreasEstrategicas-(2)/Gobernaciones-(1)/REGLAMENTO- INTERIOR-Y-DE-DEBATES-ASAMBLEA-NACIONAL.aspx]
5. República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional, “Sancionada Reforma de Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones”, Caracas, 21 de diciembre, 2010. [http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id= 28703:an-inicia-segunda-discusion-de-la-reforma-parcial-de-la-ley-de-partidos-politicos-reuniones-publicas-y-manifestaciones&Itemid=50&lang=es]
6. Idem.
7. República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional. “Presidente Chávez podrá legislar por 18 meses”. [http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=28668%3Aasamblea-nacional-debate-ley-habilitante&catid=1%3Alatest-news&Itemid=246&lang=es

8. Idem. Para consultar el texto completo, ver: República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional, Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley en las materias que se delegan, Caracas, 17 de diciembre, 2010.[http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=2783&tmpl=component&format=raw&Itemid=185&lang=es]
9. En los mismos días finales de su período, la Asamblea Nacional ha aprobado aceleradamente, sin debate público y prácticamente sin información previa, otro conjunto de normas jurídicas de importancia trascendental como la nueva Ley de Radio, TV y Medios Electrónicos. Entre estas, destaca la Ley de Educación Universitaria que no fue discutida previamente ni siquiera con las organizaciones de profesores chavistas de las universidades autónomas.
10. Esto queda claro en el Artículo 70 del texto constitucional. “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.” Estos mecanismos participativos están aquí concebidos como formas de profundización de la democracia superando las limitaciones de la representación, de modo alguno sustitutos a las representación. La elección de representantes es entendida como una modalidad -entre otras- de la participación.

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